DIRECON
   
Inversión directa de
Chile en el exterior
 

Antecedentes Generales de Normativa

El ambiente que encuentran las inversiones chilenas en América Latina y el Caribe puede caracterizarse de la siguiente manera:

1. En casi la totalidad de las reglamentaciones existentes en la región se ha establecido el derecho a la no discriminación del inversionista extranjero, esto es, la inversión foránea recibe igual trato que la nacional, con tal vez la única excepción de los asuntos relacionados con la transferencia de recursos al exterior.

2. En la mayoría de los países de la región, los aportes pueden ser estructurados en forma de moneda extranjera, bienes físicos en todas sus formas o estados, tecnología, créditos asociados a una inversión extranjera, capitalizaciones tanto de créditos y de deudas externas como de utilidades con derecho a ser remitidas al exterior.

3. Acceso de los inversionistas al crédito interno y externo sin restricciones.

4. La mayoría de los países ha eliminado el proceso de autorización previa.

5. Se aprecia una notoria reducción de los sectores reservados al Estado y a los inversionistas nacionales, manteniéndose restricciones sólo en medios de comunicación masivos, defensa y seguridad nacional, energía atómica, algunos medios de transporte y, en determinados casos, en actividades vinculadas a la minería, los hidrocarburos, y el sector financiero.

6. No existen restricciones substanciales a las remesas de utilidades.

7. Repatriación del capital luego de un plazo que fluctúa entre cero y tres años.

8. Eliminación de restricciones y simplificación de trámites administrativos en los procedimientos relacionados con transferencia de tecnología y protección a la propiedad intelectual.

 

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