| Nombre/título del acto, documento o información secreto o reservado | Nombre/título del acto o resolución en que consta tal calificación | Identificación de la parte del acto, documento o información secreto o reservado, en caso de ser parcial | Fundamento legal y causal de secreto o reserva | Fecha de notificación del acto o resolución denegatoria (dd/mm/aaaa) | Enlace al acto o resolución en que consta la calificación |
|---|---|---|---|---|---|
| Archivo maestro del "Directorio Exportador", en particular a la pagina con el DETALLE DE LA INFORMACION DE LA EMPRESA | Resolución Exenta J-553 de 14/6/2010 | 1.- Información relativa a las siete empresas incluidas en el banco de datos denominado "Directorio Exportador", que corresponden a personas naturales, cuyo domicilio actual es desconocido y por cuanto no tuvieron oportunidad de deducir oposición en tiempo y forma y 2.- Información relativa a las 3.692 personas de contacto asociadas a alguna de las empresas incluidas en el "Directorio Exportador". | Artículo 21 Nº2 de la Ley Nº 20.285, por estimar que su publicidad, comunicación o conocimiento pudiera afecta los derechos de las personas | 14/06/2010 | ver enlace |
| Resultados del proceso de selección de los cargos de agregados agrícolas para Estados Unidos y Japón | Resolución Exenta J-848 de 22/10/2010 | 1.- Formación profesional, currículum vitae y experiencia profesional del Sr. Juan Aranda, encargado de la entrevista. |
Artículo 20 de la Ley Nº 20.285, al haberse interpuesto oposición en tiempo y forma. Artículo 21 Nº2 de la Ley Nº 20.285, por estimar que su publicidad, comunicación o conocimiento pudiera afecta los derechos de las personas |
27/10/2010 | ver enlace |
| Resultados del proceso de selección del cargo de agregado agrícola para Estados Unidos | Resolución Exenta J-913 de 23/11/2010 | Información relativa a cuatro postulantes que, conforme lo señalado en la resolución denegatoria, no corresponde entregar dicha información. |
Artículo 20 de la Ley Nº 20.285, al haberse interpuesto oposición en tiempo y forma. Artículo 21 Nº2 de la Ley Nº 20.285, por estimar que su publicidad, comunicación o conocimiento pudiera afecta los derechos de las personas |
30/11/2010 | ver enlace |
| Puntaje obtenido por cada uno de los postulantes al cargo de Agregado Agrícola en Rusia | Resolución Exenta J-104 de 15/2/2011 | Información relativa a cuatro postulantes que, conforme lo señalado en la resolución denegatoria, no corresponde entregar dicha información. |
Artículo 20 de la Ley Nº 20.285, al haberse interpuesto oposición en tiempo y forma. |
17/02/2011 | ver enlace |
| Propuestas de texto en materia de comercio electrónico y propiedad intelectual presentadas por los gobiernos de los países participantes en la negociación internacional del Tratado Transpacífico | Resolución Exenta J-631 de 19/7/2011 | Denegación total. | Artículo 21 Nº1, letra b), de la Ley Nº 20.285, por estimar que su publicidad, comunicación o conocimiento pudiera afectar el debido cumplimiento de las funciones del Servicio, por tratarse de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de un acuerdo internacional. Artículo 21 Nº4 de la Ley Nº 20.285, por estimar que su publicidad, comunicación o conocimiento pudiera afectar el interés nacional, en particular las relaciones internacionales. |
20/7/2011 | ver enlace |
| Propuestas de texto en materia de propiedad intelectual presentadas por los gobiernos de los países participantes en la negociación internacional del Tratado Transpacífico | Resolución Exenta J-0114 de 16/02/2012 | Denegación total. | Artículo 21 Nº1, letra b), de la Ley Nº 20.285, por estimar que su publicidad, comunicación o conocimiento pudiera afectar el debido cumplimiento de las funciones del Servicio, por tratarse de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de un acuerdo internacional. Artículo 21 Nº4 de la Ley Nº 20.285, por estimar que su publicidad, comunicación o conocimiento pudiera afectar el interés nacional, en particular las relaciones internacionales. |
17/02/2012 | ver enlace |
| Propuestas de texto en materia de propiedad intelectual presentadas por los gobiernos de los países participantes en la negociación internacional del Tratado Transpacífico | Resolución Exenta J-0294 de 28/03/2012 | 5.1 Copia del texto actual que se está negociando en materia de comercio electrónico y propiedad intelectual, consolidados a la última ronda de negociaciones que se haya verificado al momento de resolver la presente solicitud; 5.2 Copia de las propuestas de textos y presentaciones formuladas por Chile en materia de comercio electrónico y propiedad intelectual a lo largo de todo el proceso negociador; 6.1 Copia del texto actual que se está negociando en materia de comercio electrónico y propiedad intelectual, consolidados a la última ronda de negociaciones que se haya verificado al momento de resolver la presente solicitud; 6.2. Copia de las propuestas de textos y presentaciones formuladas por Chile en materia de comercio electrónico y propiedad intelectual a lo largo de todo el proceso negociador. |
Artículo 21 Nº1, letra b), de la Ley Nº 20.285, por estimar que su publicidad, comunicación o conocimiento pudiera afectar el debido cumplimiento de las funciones del Servicio, por tratarse de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de un acuerdo internacional. Artículo 21 Nº4 de la Ley Nº 20.285, por estimar que su publicidad, comunicación o conocimiento pudiera afectar el interés nacional, en particular las relaciones internacionales. |
29/03/2012 | ver enlace |
| Requerimiento relativo al proceso de negociación internacional del Acuerdo Comercial Transpacífico (TPP), que está actualmente en negociaciones |
Resolución Exenta J-0377 de 20/04/2012 | a) Denegación parcial de lo siguiente: 1.- Borradores del tratado Multilateral denominado Trans-Pacific Partnership (TPP), del cual el Estado de Chile es parte negociante, junto a otros ocho países del Asia Pacífico, EE.UU., Australia, Nueva Zelandia, Singapur y Perú, entre otros. 2.- Estudios técnicos y económicos que justifiquen la suscripción del Trans Pacific Partnership. 3.- Asimismo, en razón de la presente solicitud requiere se sirva otorgar acceso visual a los documentos solicitados, copia integra de los mismos. b) Y para mejor resolver, solicita al peticionario efectúe aclaración en relación al párrafo que textualmente solicita "todo otro documento que diga relación con lo solicitado". |
Artículo 21 Nº1, letra b), de la Ley Nº 20.285, por estimar que su publicidad, comunicación o conocimiento pudiera afectar el debido cumplimiento de las funciones del Servicio, por tratarse de antecedentes o deliberaciones previas a la adopción de un acuerdo internacional. Artículo 21 Nº4 de la Ley Nº 20.285, por estimar que su publicidad, comunicación o conocimiento pudiera afectar el interés nacional, en particular las relaciones internacionales. |
25/04/2012 | ver enlace |
| Proceso de selección del cargo de agregado comercial en Toronto | Resolución Exenta J-0391 de 27/4/2012 | Datos personales de algunos de los postulantes del proceso de selección del cargo de agregado comercial en Toronto. | Artículos 20 y 21 Nº2 de la Ley Nº 20.285 y Ley N°19.628. |
03/05/2012 | ver enlace |
| Proceso de selección del cargo de agregado comercial en Toronto | Resolución Exenta J-0407 de 03/05/2012 | Datos personales de algunos de los postulantes del proceso de selección del cargo de agregado comercial en Toronto. | Artículo 20 de la Ley Nº 20.285 y Ley N°19.628. | 04/05/2012 | ver enlace |
| Información del gasto anual en inversión en promoción del vino Chileno | Resolución Exenta J-0732 de 27/07/2012 | "Información sobre el gasto anual que ProChile ha invertido en los siguientes temas entre 19092 y 2011, en los siguientes temas (SIC): - Campañas de promoción del vino chileno - Subsidios a empresas vitivinícolas chilenas para la masistencia a ferias vitivinícolas internacionales". |
Artículo 21 Nº1 letra c) de la Ley Nº 20.285. | 27/07/2012 | ver enlace |
| Requerimiento relativo a las comunicaciones enviadas por la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales al Ministerio de Bienes Nacionales | Resolución Exenta J-1356 de 07/12/2012 | a) Desestimiento parcial de lo siguiente: "l. Cualquier tipo de documentos, ya sean oficios, memorandúms o cualquier otro tipo de comunicación escrita, firmados por Don Guillermo Lunecke Brauning, en su carácter de funcionario de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales y dirigidas al Ministerio de Bienes Nacionales". b) Denegación parcial de lo siguiente: "2. Cualquier tipo de documentos, ya sean oficios, memorandúms o cualquier otro tipo de comunicación escrita, dirigida por la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales al Ministerio de Bienes Nacionales en el año 1986." |
Artículo 12 de la Ley Nº 20.285 de la Ley N° 20.285; Artículo 21 números 1°, literal a), y 4° de la Ley N° 20.285. |
07/12/2012 | ver enlace |